8 septiembre, 2026

El abuelo de Guadalupe Lucero quedó detenido por 45 días tras una nueva acusación por un delito sexual

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El juez Juan Manuel Montiveros Chada dictó 45 días de prisión preventiva para Roque Lucero, abuelo de la desaparecida Guadalupe, en una causa por presuntas exhibiciones obscenas agravadas por la edad de la víctima. La Fiscalía había solicitado 90 días y sostuvo que todavía quedan medidas de prueba pendientes. Lucero también está imputado en otra investigación por un delito contra la integridad sexual.

El juez Juan Manuel Montiveros Chada dictó 45 días de prisión preventiva para Roque Lucero, abuelo de la desaparecida Guadalupe Lucero, en el marco de una investigación por presuntas exhibiciones obscenas agravadas por la edad de la víctima.

La decisión fue adoptada luego de una audiencia en la que la Fiscalía de Género N° 2, representada por la fiscal Antonella Córdoba y la fiscal adjunta Mercedes García, formuló cargos contra Lucero por un hecho que habría tenido como víctima a una niña cuando tenía entre cinco y seis años.

Según la acusación, la conducta investigada se habría repetido en más de una oportunidad y fue conocida a partir del relato realizado posteriormente por la niña.

La Fiscalía había solicitado 90 días de prisión preventiva, mientras que la defensa cuestionó tanto aspectos de la audiencia como la necesidad de mantener detenido al acusado.

Finalmente, el magistrado rechazó los planteos de nulidad y resolvió imponer una medida de coerción de 45 días, que Lucero deberá cumplir en el Servicio Penitenciario Provincial.

La investigación y el relato de la niña

De acuerdo con la exposición realizada por la Fiscalía, uno de los episodios investigados habría ocurrido cuando la niña se encontraba jugando en la vereda junto a dos primos, cerca de un comercio atendido por su madre.

En determinado momento, los otros niños ingresaron a una vivienda y la menor quedó sola en el exterior. La acusación sostiene que Lucero habría aprovechado esa situación para realizar actos de carácter sexual frente a ella.

El relato de la niña fue incorporado a la investigación mediante una Cámara Gesell, mecanismo utilizado para tomar declaración a menores de edad bajo condiciones destinadas a evitar su revictimización.

La Fiscalía sostuvo que no se trataría de un hecho aislado y que la niña habría contado inicialmente lo sucedido a otra menor de su entorno familiar. Posteriormente, la situación llegó al conocimiento de los adultos y la madre presentó la denuncia.

Entre las evidencias incorporadas al expediente también figuran las actuaciones iniciales, informes de contención psicológica, un croquis del lugar y distintas entrevistas.

Durante la audiencia, la Fiscalía citó además un informe psicológico según el cual el relato de la niña presentó coherencia interna, consistencia y características compatibles con la evocación de una experiencia personal.

Otra causa contra el imputado

La nueva investigación fue acumulada a otro expediente en el que Lucero ya se encontraba imputado por un delito contra la integridad sexual.

En abril de este año, el Juzgado de Garantía N° 1 había tenido por formulados cargos en su contra por “abuso sexual con sometimiento gravemente ultrajante”, en perjuicio de una niña con discapacidad intelectual.

La existencia de ambos procesos fue uno de los elementos considerados por la Fiscalía al momento de solicitar la prisión preventiva.

La acusación también señaló que todavía quedan medidas de prueba por realizar en la nueva investigación, entre ellas una nueva entrevista a la víctima y una Cámara Gesell para que declare la niña a quien presuntamente le habría contado lo ocurrido.

La postura de las partes

La Defensoría de Niñez y Adolescencia, representada en la audiencia por la defensora adjunta Belén Suárez, acompañó la formulación de cargos y el pedido de prisión preventiva.

La funcionaria hizo hincapié en la situación de vulnerabilidad de la niña, el temor que habría manifestado y la necesidad de preservar su integridad mientras continúa la investigación.

La querellante Soledad Poma de Otaegui, que interviene junto con los padres de la víctima, también acompañó la posición de la Fiscalía y solicitó que se extienda una prohibición de acercamiento vinculada con la investigación anterior.

Durante la audiencia también se hizo referencia a la posible existencia de otra presunta víctima. Sin embargo, el juez aclaró que no tomaría en cuenta eventuales futuras denuncias para evaluar los riesgos procesales, debido a que hasta ese momento no habían sido formalizadas.

La defensa, a cargo del abogado Héctor Zavala Aguero, planteó la nulidad de la audiencia y cuestionó que no se hubiera respetado adecuadamente el principio de oralidad. También sostuvo que algunos aspectos de la acusación no habían quedado suficientemente claros.

Además, rechazó el pedido de prisión preventiva y argumentó que su defendido había cumplido con las medidas restrictivas impuestas anteriormente, se había presentado cuando fue requerido y no existían elementos suficientes para considerar que existía riesgo de fuga.

El juez rechazó la nulidad y dictó 45 días de prisión preventiva

Al resolver, Montiveros Chada rechazó el planteo de nulidad presentado por la defensa.

El magistrado consideró que, pese a las objeciones realizadas durante la audiencia, Lucero había contado con la información necesaria para conocer el hecho que se le atribuía, las evidencias presentadas y la calificación legal correspondiente.

En consecuencia, tuvo por formulados los cargos por “exhibiciones obscenas agravadas por la edad de la víctima”.

Respecto de la prisión preventiva, el juez entendió que era necesario proteger el desarrollo de la investigación y garantizar la realización de las medidas probatorias que todavía permanecen pendientes.

Sin embargo, consideró que los 90 días solicitados por la Fiscalía eran desproporcionados y estableció un plazo de 45 días.

Durante ese período, Lucero permanecerá alojado en el Servicio Penitenciario Provincial mientras avanza la investigación. El juez también hizo lugar a la realización de la Cámara Gesell solicitada por la Fiscalía.

La causa continúa en etapa de investigación y la prisión preventiva constituye una medida cautelar: no implica una condena ni determina por sí misma la responsabilidad penal del imputado, que deberá ser establecida en las instancias correspondientes.

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