Nueva Ley Penal Juvenil: qué cambia desde los 14 años y cuál es el desafío que enfrenta San Luis
La nueva Ley Penal Juvenil comenzó a regir el 5 de septiembre y bajó de 16 a 14 años la edad de punibilidad. La jueza Daniela Benenatti explicó cómo funcionará el régimen en San Luis, donde la Justicia deberá adaptarse mientras el Ejecutivo enfrenta el desafío de contar con infraestructura y personal especializado. La norma fija una pena máxima de 15 años y prioriza medidas alternativas a la privación de la libertad.

La nueva Ley Penal Juvenil comenzó a regir el sábado 5 de septiembre y modificó de manera sustancial el régimen aplicable a los adolescentes en conflicto con la ley penal. El cambio más significativo es la reducción de la edad de punibilidad: desde ahora, los adolescentes de 14 años pueden responder penalmente por los delitos que cometan, sin el límite vinculado con la gravedad del hecho que establecía el régimen anterior.
Sin embargo, la entrada en vigencia de la norma no implica que todos los adolescentes que cometan un delito vayan a quedar privados de su libertad. El nuevo régimen contempla medidas alternativas, respuestas diferenciadas según cada caso y un límite máximo de 15 años para las penas.
Así lo explicó la jueza Penal Juvenil y Contravencional de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, Daniela Benenatti, quien detalló cómo comenzará a aplicarse la nueva legislación en la provincia.
“A partir del sábado, todos los adolescentes que hayan cumplido 14 años van a responder por cualquier delito”, señaló la magistrada. Pero inmediatamente aclaró: “Esto no significa que todos los adolescentes vayan a ir presos”.
De 16 a 14 años: el principal cambio
El régimen anterior establecía la punibilidad a partir de los 16 años y contemplaba además un límite relacionado con la pena prevista para el delito.
La nueva legislación elimina esa restricción. “Este nuevo régimen nacional baja la edad de punibilidad de los adolescentes en conflicto con la ley penal de 16 a 14 años sin establecer límites”, sintetizó Benenatti.
Esto significa que un adolescente que haya cumplido 14 años puede quedar sometido a un proceso penal independientemente de que se trate de un delito que tenga una pena elevada o de menor gravedad.
Pero la existencia de responsabilidad penal no determina automáticamente una condena de prisión. El sistema establece distintas herramientas que deberán ser evaluadas de acuerdo con las características del hecho, la situación del adolescente y las circunstancias particulares de cada causa.
La pena máxima será de 15 años
Uno de los límites establecidos por la nueva ley es el máximo de las penas que pueden imponerse a adolescentes.
“Aquel adolescente que sea imputado por delitos graves o por concurso de delitos, la pena máxima a imponer es de 15 años”, explicó Benenatti.
La magistrada remarcó además que el objetivo del régimen no se limita al castigo, sino que apunta a la resocialización y reinserción social del adolescente.
“Es por ello que en todas las etapas del proceso garantiza la educación”, sostuvo.
La ley también contempla medidas alternativas para determinados casos. Entre ellas, Benenatti mencionó trabajos comunitarios, prohibiciones de acercamiento, restricciones vinculadas al consumo de bebidas y la prohibición de acercarse a determinadas personas, además de medidas destinadas a que el adolescente pueda adquirir un oficio o una profesión.
Qué pasa si corresponde una privación de la libertad
Cuando un juez determine que corresponde una medida de privación de la libertad, el adolescente no podrá ser alojado junto con personas adultas.
El régimen contempla distintas modalidades, entre ellas la prisión domiciliaria y el alojamiento en establecimientos abiertos o en instituciones que garanticen los derechos y garantías establecidos por las normas internacionales sobre justicia penal juvenil.
“Penal juvenil, si bien aplicamos el Código Penal, es un régimen especial y está regido por el derecho internacional”, explicó Benenatti.
La especialización, por lo tanto, no alcanzará solamente a los jueces. También deberán estar preparados defensores, fiscales y los organismos administrativos que intervengan en las distintas etapas.
El desafío inmediato para San Luis
Uno de los principales interrogantes que plantea la aplicación de la nueva ley es dónde y cómo serán alojados los adolescentes que eventualmente deban cumplir una medida de privación de la libertad.
La norma impide que sean alojados junto con adultos, lo que obliga a las provincias a contar con dispositivos adecuados.
“Es una ley que genera un gran desafío para las provincias. Desafío en cuanto a infraestructura y desafío en cuanto a recursos humanos”, sostuvo la jueza.
En San Luis, la creación o adecuación de establecimientos específicos no depende de los tribunales. “Ese es un tema del Poder Ejecutivo”, respondió Benenatti al ser consultada sobre la eventual construcción o puesta en funcionamiento de espacios destinados exclusivamente a adolescentes.
La Justicia, en cambio, deberá garantizar la presencia de operadores especializados.
El nuevo rol del supervisor
La legislación incorpora además la figura del supervisor, que tendrá un papel central durante el proceso.
“Es la persona que va a acompañar al adolescente durante toda la etapa del proceso. Este supervisor debe ser especializado y trabajar con equipos interdisciplinarios”, explicó Benenatti.
La magistrada lo definió como “una especie de tutor del adolescente”, encargado de monitorear, controlar y contener al joven, además de verificar el cumplimiento de las medidas que eventualmente disponga la Justicia.
Su implementación también representa un desafío para la administración provincial. Hasta ahora, el área Penal Juvenil de San Luis trabajaba con adolescentes de entre 16 y 18 años y contaba con un equipo reducido, compuesto por “dos o tres profesionales”, según explicó Benenatti.
La incorporación de los adolescentes de 14 y 15 años obligará a analizar si esos recursos son suficientes para atender el nuevo escenario.
Cómo comenzará una causa penal juvenil
En materia procesal, la nueva legislación requiere que las provincias adapten sus procedimientos.
San Luis no tiene una ley procesal penal juvenil independiente, pero cuenta con un capítulo específico dentro de los procedimientos especiales de su Código Procesal Penal.
La provincia funciona desde 2022 bajo un sistema acusatorio, esquema que también se aplicará a los adolescentes.
“Nosotros como jueces ya no instruimos, sino que los titulares de la acción penal son los fiscales. En materia penal juvenil va a ocurrir exactamente lo mismo”, explicó Benenatti.
De esta manera, la investigación penal preparatoria estará a cargo del Ministerio Público Fiscal, mientras que los jueces especializados intervendrán como jueces de garantías.
El procedimiento comenzará con la intervención de la Comisaría de Atención a la Niñez, Adolescencia y Familia (CANAF), especializada en este tipo de situaciones.
Ante un hecho, la CANAF dará intervención al fiscal de turno. El Ministerio Público Fiscal llevará adelante la investigación y determinará, de acuerdo con las características del caso y la política criminal, si corresponde judicializarlo.
Si la causa avanza, la Fiscalía podrá solicitar una audiencia de formulación de cargos, donde el adolescente conocerá formalmente los hechos que se le atribuyen y podrá ejercer su derecho de defensa.
En esa instancia, tanto la acusación como la defensa podrán solicitar medidas al juez Penal Juvenil.
También habrá medidas de protección
Durante el proceso podrán adoptarse medidas destinadas a proteger al adolescente.
Benenatti mencionó específicamente el artículo 5, inciso M, de la nueva legislación, que contempla medidas de protección destinadas a resguardar la integridad psicofísica del menor.
Las medidas vinculadas con la responsabilidad penal serán solicitadas por el fiscal una vez que se determine la responsabilidad correspondiente, aunque durante el proceso también podrán disponerse otras medidas.
El supervisor tendrá luego un papel central en el seguimiento y control de esas decisiones.
La víctima tendrá un rol más activo
Otro de los aspectos destacados por la jueza es el lugar que la nueva legislación le asigna a la víctima.
“Otra de las cosas importantes es que se le da mucho derecho a la víctima. La víctima debe ser oída”, afirmó Benenatti.
El régimen también contempla la posibilidad de recurrir a la mediación penal. El mecanismo podrá ser solicitado por el fiscal al juez, pero requiere necesariamente el consentimiento de la víctima.
“Se requiere sí o sí el consentimiento de la víctima”, aclaró la magistrada.
Además, la responsabilidad penal del adolescente puede coexistir con una eventual discusión sobre la responsabilidad civil de sus padres, que deberá tramitar por la vía correspondiente.
Benenatti explicó que pueden existir distintos planos de intervención: el proceso penal, la cuestión contravencional y, eventualmente, una acción civil vinculada con la responsabilidad de los progenitores.
La prevención, uno de los ejes
Más allá de la reducción de la edad de punibilidad, Benenatti puso el foco en la necesidad de prevenir la comisión de delitos y evitar que situaciones protagonizadas por adolescentes terminen necesariamente en procesos judiciales.
Según explicó, las estadísticas de delitos cometidos por adolescentes son bajas tanto en San Luis como a nivel nacional. Pero la nueva legislación amplía el universo de situaciones que pueden llegar a tener consecuencias penales.
“Una pelea en la escuela, las lesiones que se generen entre los adolescentes, los abusos, pueden ser objeto de una causa penal”, ejemplificó.
Por eso consideró fundamental que los adolescentes conozcan las nuevas reglas y comprendan las consecuencias que pueden tener sus actos.
“Sí es importante hablar de sanciones, de pena, pero mucho más importante es hablar de la prevención”, sostuvo.
Para la magistrada, esa tarea requiere la participación de las familias, las escuelas y el Estado, especialmente para explicar a los adolescentes que desde los 14 años pueden responder penalmente por sus actos.
Un cambio que obliga a preparar todo el sistema
La nueva Ley Penal Juvenil ya está vigente, pero su aplicación efectiva plantea desafíos que van más allá de los tribunales.
San Luis deberá contar con personal especializado, dispositivos adecuados, supervisores y estructuras capaces de garantizar los derechos de los adolescentes que queden bajo el nuevo régimen.
Al mismo tiempo, la Justicia deberá aplicar un sistema que combina responsabilidad penal con medidas alternativas, educación, protección y reinserción social.
Benenatti resumió el objetivo con una definición que marca el espíritu que, según su mirada, debería orientar la implementación: “La idea no es judicializar, la idea no es encerrar. La idea es tratar de evitar que hechos de este tipo ocurran”.
