6 mayo, 2024

Se renovó la lista de alimentos para los kioscos escolares

El gobierno provincial renovó el listado de alimentos aptos para la venta en los establecimientos escolares. En esta oportunidad, son 32 los productos admitidos en el listado elaborado por el Ministerio de Salud en conjunto con integrantes de la mesa intersectorial de prevención y abordaje de sobrepeso y obesidad.

Por Gabriel Rodríguez

La norma establece que se deben incluir al menos cinco artículos aptos para personas celíacas.

El gobierno provincial renovó el listado de alimentos aptos para la venta en los establecimientos escolares. En esta oportunidad, son 32 los productos admitidos en el listado elaborado por el Ministerio de Salud en conjunto con integrantes de la mesa intersectorial de prevención y abordaje de sobrepeso y obesidad.

“La idea con esta renovación del listado es adecuar la ley provincial (que es pionera en la temática) a la nueva Ley Nacional de Promoción de Alimentación Saludable”, indicó la jefa de Área Alimentación y Vida Saludable, María Lepri, y agregó: “Realizamos un relevamiento en los establecimientos escolares y notamos que no hay muchos kioscos saludables, por eso trabajamos para promocionar su implementación”.

La normativa establece además que se deben incluir al menos cinco productos aptos para personas con enfermedad celíaca, que figuren en el listado actualizado de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat).

El listado de alimentos permitidos por la Ley Nº III-0743-210 “Mejor alimentación, más salud” está conformado, entre otros, por los siguientes productos: agua mineral embotellada con o sin gas; alfajor simple de maicena, de algarroba, de arroz (sin cobertura); arroz con leche; arroz inflado; bay biscuit; bizcochuelo; copos de maíz sin azúcar; galletas simples (tipo agua, de arroz, salvado, integral, algarroba, avena, multicereal) sin relleno ni cobertura; galletas tipo crackers individuales, sin relleno (horneadas); galletas marineras; grisines; magdalenas; mix de cereales (simples, granola); pan o tostadas integral, de salvado, blanco y multicereal; pastafrola; pororó (sin sal y sin azúcar); semillas o mix de semillas (chía, sésamo, girasol) sin sal, sin confitar; sándwich de queso, verduras y queso (rotulados y de empresas habilitadas); tutucas sin azúcar trigo/quinoa inflado; tartas de manzana; frutas sin almíbar; vainillas sin azucarado, y ensalada de frutas en envases individuales sin azúcar (rotulados y de empresas habilitadas).

Además, el reglamento agrega que los alimentos envasados o industrializados también deben estar incluidos en los registros de la Anmat.

Señalaron que todas las personas que deseen obtener su carnet de manipulador de alimentos deberán realizar el curso y aprobar la evaluación correspondiente, a cargo de la autoridad sanitaria provincial, Auditoría Sanitaria, Bromatología y Registro de Alimentos, perteneciente al Ministerio de Salud (interno 3219; bromatologiasanluis@yahoo.com).