2 mayo, 2024

Las elecciones primarias o PASO ya no serán obligatorias en San Luis

El Senado de San Luis aprobó el proyecto que le quita obligatoriedad a las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que ya tenía media sanción de Diputados. Ahora, las mismas reciben el nombre de Elecciones Primarias, Abiertas y Simultáneas (PAS).

El Senado de San Luis aprobó el proyecto que le quita obligatoriedad a las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que ya tenía media sanción de Diputados. Ahora, las mismas reciben el nombre de Elecciones Primarias, Abiertas y Simultáneas (PAS).

El senador Pablo Garro manifestó: “Cuando aprobamos en su momento el proyecto, lo hicimos reconociendo las bondades del mismo, puesto que le da potestad a los partidos políticos, dándoles la posibilidad de que cada uno de ellos en sus propios senos puedan definir los distintos cargos electivos”.

Al tiempo de informar, que posteriormente fue tratado en Diputados, donde si bien fue aprobado hicieron algunas modificaciones, motivando una nueva intervención del Senado en el tratamiento del proyecto en una segunda revisión.

“Ante todo quiero destacar, que la Comisión competente oportunamente analizó estas modificaciones dado que a nivel nacional se estaba impulsando una iniciativa similar, lo que hubiera requerido un re- examen de la normativa local para que la aprobación definitiva se alineara con la sanción nacional y al no ser aprobado, lo podemos hacer en nuestra provincia para que pueda ser aplicado en el próximo acto eleccionario”, explicó el senador de San Martín.

Seguidamente Garro enumeró las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados: “se ha unificado el plazo de presentación de las listas de pre candidatos ante la Junta Electoral Partidaria, realicen o no las elecciones primarias, desde el día de convocatoria y hasta cincuenta días antes de la fecha de comicios».

«En segundo lugar se modifica el artículo 14, manteniendo la asignación de recursos a los partidos políticos sea el recurso de votación que se realice, ya sea electrónico o con boleta {única electoral de sufragio y por último se agrega al proyecto; un párrafo en el artículo 17 bis en el que se establece que las fuerzas electorales en el momento de la participación de los partidos, alianzas o frente electoral, puedan establecer acuerdos de adhesión a boletas de distintas categorías con otras agrupaciones políticas, no integrantes del partido, siempre que hayan resultado ganadoras en las elecciones primarias”, dijo Garro.