27 julio, 2026

La Fiscalía archivó la denuncia contra Álvarez Pinto y Rodríguez por falta de delito

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La Fiscalía de Instrucción N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial desestimó las denuncias contra el ministro de Turismo y Cultura, Juan Álvarez Pinto, y el intendente interino de Villa de Merlo, Leonardo Rodríguez, al concluir que los hechos denunciados no constituyen delito. La resolución dispuso el archivo de la causa y consideró que el planteo corresponde al ámbito político y administrativo.

La Fiscalía de Instrucción N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial desestimó las denuncias penales contra el ministro de Turismo y Cultura, Juan Álvarez Pinto, y el intendente interino de la Villa de Merlo, Leonardo Rodríguez, al determinar que los hechos denunciados no constituyen delito. La resolución, firmada por el fiscal Marcelo Gabriel Saldaño, dispuso además el archivo definitivo de la causa.

Las denuncias habían sido presentadas por la concejal opositora Ana Laura Ferrarotti, quien acusó a Rodríguez del presunto delito de usurpación de títulos y honores y a Álvarez Pinto de incumplimiento de los deberes de funcionario público. El planteo sostenía que la licencia otorgada al entonces intendente para asumir como ministro provincial había vencido el 23 de diciembre de 2025 y que, desde entonces, no existía una nueva autorización del Concejo Deliberante.

Durante la investigación, la Fiscalía solicitó documentación al Concejo Deliberante de Merlo y analizó las resoluciones que concedieron y prorrogaron la licencia de Álvarez Pinto, además de una resolución posterior que aclaró el alcance de esa prórroga.

En su resolución, el fiscal concluyó que el supuesto vencimiento de la licencia surge únicamente de la interpretación realizada por la denunciante y no del texto de la normativa vigente. Asimismo, señaló que el Concejo Deliberante aclaró posteriormente que la prórroga tenía vigencia por tiempo indeterminado mientras Álvarez Pinto permaneciera al frente del Ministerio de Turismo y Cultura.

Respecto del presunto incumplimiento de los deberes de funcionario público, la Fiscalía sostuvo que no existe una norma que establezca un plazo o procedimiento específico para renovar este tipo de licencias, por lo que no puede configurarse el delito. Además, remarcó que el ministro no ejerció simultáneamente funciones municipales ni firmó actos administrativos como intendente durante el período cuestionado.

En relación con Leonardo Rodríguez, la investigación descartó la figura de usurpación de títulos y honores al considerar que no existía una fecha expresa o tácita de finalización de su designación como intendente interino. En consecuencia, no pudo acreditarse que hubiera permanecido de manera ilegítima en el cargo.

Finalmente, la Fiscalía entendió que el conflicto planteado remite a una discusión sobre el funcionamiento institucional del Municipio que debe resolverse en el ámbito político y administrativo del Concejo Deliberante y no a través de la vía penal. Con ese criterio, resolvió desestimar las denuncias y archivar el expediente.

Tras conocerse la decisión judicial, la Municipalidad de Villa de Merlo destacó que la resolución ratifica la legalidad de la licencia de Álvarez Pinto y de la continuidad institucional del Departamento Ejecutivo Municipal, al tiempo que reafirmó su compromiso con el respeto a las instituciones, la legalidad y el funcionamiento democrático.

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