2 junio, 2026

Cambia el sistema de despidos: así funcionará el Fondo Laboral

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El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral, el sistema que permitirá financiar indemnizaciones mediante aportes realizados por las empresas. El nuevo esquema comenzará a funcionar el 1° de noviembre de 2026 y será supervisado por la CNV, mientras ARCA estará a cargo de la recaudación.

El Gobierno nacional reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el nuevo mecanismo previsto en la reforma laboral para financiar el pago de indemnizaciones por despido mediante fondos constituidos por los empleadores. La medida fue oficializada a través del Decreto 408/2026 y comenzará a regir el 1° de noviembre próximo.

La normativa establece el funcionamiento de este sistema, incorporado en la Ley de Modernización Laboral, que permitirá a las empresas realizar aportes periódicos a fondos específicos destinados a cubrir futuras indemnizaciones de trabajadores registrados.

Según el decreto publicado en el Boletín Oficial, los fondos serán administrados mediante vehículos de inversión colectiva autorizados y supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros. El objetivo es garantizar la separación patrimonial de los recursos y su utilización exclusiva para los fines previstos por la ley.

El régimen alcanzará a empleadores del sector privado, con excepción de aquellas actividades o relaciones laborales expresamente excluidas por la normativa vigente. Los trabajadores deberán estar debidamente registrados y contar con una antigüedad mínima de doce meses para acceder a la cobertura plena del sistema.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de recaudar las contribuciones e integrarlas al sistema de seguridad social. Para ello, cada empleador deberá informar un identificador específico denominado “ID FAL”, que permitirá asignar correctamente los aportes al fondo correspondiente.

Uno de los aspectos centrales de la reglamentación es el procedimiento para el pago de las indemnizaciones. Una vez presentada la documentación requerida, la entidad administradora deberá transferir los fondos al trabajador en un plazo máximo de cinco días hábiles.

El decreto también establece límites sobre el destino de los recursos. Los fondos administrados solo podrán invertirse en instrumentos financieros emitidos y negociados en la Argentina, una decisión que busca canalizar el ahorro generado por el sistema hacia el financiamiento de la actividad económica local.

Desde el Gobierno sostienen que el nuevo esquema apunta a otorgar previsibilidad a empleadores y trabajadores, además de garantizar la disponibilidad de recursos para afrontar indemnizaciones sin afectar la continuidad financiera de las empresas.

No obstante, la implementación no será inmediata. El Poder Ejecutivo dispuso que el régimen entre en vigencia el 1° de noviembre de 2026 para permitir que los organismos involucrados elaboren la reglamentación técnica necesaria.

Hasta esa fecha, la Secretaría de Trabajo, la Comisión Nacional de Valores, ARCA y la Secretaría de Finanzas deberán dictar las normas complementarias que definirán aspectos operativos clave, como los procedimientos de adhesión, administración de fondos, fiscalización y pago de prestaciones.

La creación del FAL forma parte del paquete de reformas laborales impulsadas por el Gobierno nacional y representa uno de los cambios más relevantes en materia de financiamiento de indemnizaciones desde la sanción de la legislación laboral vigente.

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