17 septiembre, 2026

La Justicia restituyó a la Lista 10 en la interna de la UCR de San Luis, aunque dejó afuera diez candidaturas

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La Justicia Federal de San Luis hizo lugar a la apelación de Identidad Radical y habilitó a la Lista 10 para competir en la interna de la UCR del 25 de octubre. El fallo revocó parcialmente la decisión partidaria que había excluido a la nómina completa. Diez candidaturas cuestionadas quedaron fuera, pero el resto de la lista fue preservado.

La interna de la Unión Cívica Radical (UCR) de San Luis sumó este miércoles un nuevo capítulo judicial. Después de que Identidad Radical denunciara públicamente haber sido excluida de la elección interna, la Justicia Federal hizo lugar a su apelación y resolvió que la Lista 10 continúe en carrera, aunque mantuvo la exclusión de diez candidaturas cuestionadas.

La decisión fue adoptada por el juez federal Juan Esteban Maqueda, en el expediente CNE 11600/2026, iniciado por Fidel Haddad, Identidad Radical y otros dirigentes contra la Junta Electoral Permanente de la UCR Distrito San Luis. La resolución, fechada el 16 de septiembre, revocó parcialmente el Acta 15 de la Junta Electoral Partidaria, que había dejado sin oficialización a la nómina.

Horas antes de conocerse el fallo, dirigentes de Identidad Radical realizaron una conferencia de prensa en la sede del radicalismo puntano. José Riccardo, Fidel Haddad, Isabel “Chavela” Jiménez, Héctor Urquiza y Ramiro Derra, entre otros referentes, cuestionaron el procedimiento utilizado por la Junta Electoral y denunciaron una supuesta situación de “proscripción” y falta de información.

Según plantearon, la Lista 10 había presentado el 5 de septiembre la documentación correspondiente para competir en todos los departamentos, circuitos y cargos partidarios. También aseguraron que la Lista 133, Radicales Unidos, vinculada al oficialismo partidario, no habría cumplido con los mismos requisitos en distintos casos.

Otro de los cuestionamientos formulados durante la conferencia estuvo relacionado con 60 impugnaciones presentadas contra candidaturas de la Lista 133. Los dirigentes de Identidad Radical sostuvieron que esos planteos estaban vinculados con posibles acumulaciones de cargos, cuestiones de paridad, errores en los DNI y otros requisitos de las nóminas. Esas impugnaciones habían sido presentadas ante la Junta Electoral y permanecían pendientes de resolución.

El conflicto central que terminó en la Justicia estuvo relacionado con diez denuncias de afiliados que cuestionaron la autenticidad de firmas de aceptación de candidaturas de integrantes de la Lista 10. Los dirigentes del sector rechazaron esas acusaciones y aseguraron contar con declaraciones juradas de aceptación y copias de los documentos de identidad correspondientes.

La resolución judicial modificó parcialmente el escenario. Maqueda declaró vigente el Acta 10, del 8 de septiembre, mediante la cual la Junta Electoral había oficializado por unanimidad a Identidad Radical. De esta manera, preservó la mayor parte de una nómina que originalmente contaba con más de 250 candidatos distribuidos en distintos órganos partidarios, departamentos y circuitos de la provincia.

Sin embargo, el fallo no reincorporó las diez candidaturas que habían sido cuestionadas. Entre ellas se encuentra Emma Gladys Baracco. Esos nombres quedaron excluidos mientras continúa el análisis de la controversia sobre las firmas y las denuncias presentadas.

Para fundamentar su decisión, el juez recurrió, entre otros criterios, a los principios de conservación de los actos electorales, preclusión y seguridad jurídica. En ese sentido, consideró que las situaciones particulares de diez candidaturas no justificaban excluir a toda la lista de la competencia interna.

El magistrado también señaló una posible afectación del derecho de defensa de Identidad Radical. Según la resolución, a la lista se le había dado traslado solamente de una de las diez presentaciones que cuestionaban candidaturas. El fallo también observó que en otros casos se había permitido subsanar errores mediante reemplazos, mientras que frente a Identidad Radical se había optado por excluir a toda la nómina.

La controversia no quedó limitada al ámbito electoral. El juez dispuso además dar intervención al Ministerio Público Fiscal por las posibles implicancias penales derivadas de la discusión sobre la autenticidad de las firmas y de la documentación presentada.

La cuestión deberá determinarse en esa instancia: si las firmas fueran efectivamente apócrifas, podrían surgir investigaciones por la eventual falsificación y utilización de documentación falsa. Si, por el contrario, las firmas fueran auténticas, la investigación podría concentrarse en las circunstancias en las que fueron desconocidas. La Lista 10 había ofrecido una pericia caligráfica para intentar determinar la autenticidad de las firmas.

El conflicto entre ambos sectores de la UCR viene acumulando decisiones partidarias y judiciales desde hace varias semanas. El 11 de septiembre, Maqueda había rechazado otro planteo de Identidad Radical vinculado con la utilización de subcircuitos en la elección, al considerar que las decisiones partidarias sobre ese punto habían quedado firmes por no haber sido apeladas oportunamente. Ese mismo día, el sector había presentado las más de 60 impugnaciones contra candidaturas de Radicales Unidos.

Con la nueva resolución, la interna radical de San Luis vuelve a tener dos listas habilitadas para competir el 25 de octubre: la Lista 133, Radicales Unidos, y la Lista 10, Identidad Radical, aunque esta última deberá hacerlo sin las diez candidaturas alcanzadas por las objeciones.

La definición judicial no cierra, de todos modos, todas las controversias. Las impugnaciones contra candidaturas de la Lista 133 y las actuaciones vinculadas con las firmas cuestionadas continuarán sus respectivos trámites, mientras la interna entra en una nueva etapa con dos sectores en competencia.

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