Causa Molino Fénix: las defensas buscan que liberen a los tres detenidos
Las defensas de Anabella Lucero, Enzo Lucero y Exequiel Scarel pedirán su libertad en una audiencia que se realizará en el Juzgado de Garantías 4 de Villa Mercedes. Los tres cumplen prisión preventiva desde el 24 de agosto por la causa Molino Fénix. Sus abogados cuestionan que existan riesgos procesales que justifiquen la medida.

En los tribunales de Villa Mercedes se realizará una audiencia en la que las defensas de Anabella Lucero, Enzo Lucero y Exequiel Scarel pedirán que sean liberados de la prisión preventiva que cumplen desde el pasado 24 de agosto en el marco de la causa conocida como “Molino Fénix”.
La audiencia tendrá lugar en el Juzgado de Garantías Nº 4, a cargo del juez Santiago Ortiz, y fue convocada a partir del pedido de los abogados de los tres imputados. El objetivo será discutir la continuidad de la medida cautelar y plantear que no están dadas las condiciones para mantenerlos privados de la libertad.
“Vamos a fundamentar la solicitud de inmediata libertad”, adelantó el abogado Esteban Bustos, defensor de Anabella Lucero.
En la previa del encuentro, el letrado sostuvo que no estarían configurados los requisitos necesarios para sostener una prisión preventiva. “No están dadas las condiciones para una preventiva”, afirmó, y cuestionó además el modo en que se están evaluando los riesgos procesales en la causa.
Bustos sostuvo que durante la investigación “se ha mezclado la cuestión administrativa con la causa penal” y remarcó que su defendida, según su posición, nunca tuvo una conducta destinada a perjudicar el avance de la investigación.
“Anabella Lucero nunca hizo nada en contra de la investigación y siempre actuó a derecho”, sostuvo el abogado. En ese sentido, señaló que no existirían antecedentes de una conducta vinculada con una eventual fuga o con intentos de obstaculizar la pesquisa.
“No estamos hablando de fuga, ni de obstaculizar la investigación. Siempre estuvo disponible para cualquier requerimiento de la Justicia”, agregó.
La defensa planteará así que la prisión preventiva no puede sostenerse únicamente sobre la existencia de una investigación penal, sino que debe estar acompañada por circunstancias concretas que permitan justificar los riesgos procesales que habilitan una medida de esa naturaleza.
“Vamos a pedir la libertad inmediata porque no están configurados los requisitos fundamentales para continuar sosteniendo esta medida”, explicó Bustos.
El abogado también anticipó que utilizará como parte de su argumentación disposiciones y resoluciones adoptadas en otros expedientes judiciales. Según sostuvo, existen diferencias en la manera en que se evalúan los riesgos procesales entre distintos imputados.
“Para unos hay riesgo procesal y para otros no”, cuestionó Bustos, quien volvió a señalar que, a su entender, la causa presenta situaciones que considera llamativas.
Anabella Lucero, Enzo Lucero y Exequiel Scarel fueron trasladados a la Penitenciaría Provincial el 24 de agosto, después de aproximadamente dos años de investigación y de distintas medidas desarrolladas en el expediente.
La prisión preventiva fue dispuesta en el marco de la investigación por presuntas irregularidades vinculadas con el Complejo Molino Fénix y la Casa de la Música de Villa Mercedes. La Fiscalía sostiene que existen elementos para atribuir responsabilidades a los imputados y había planteado la existencia de riesgos procesales que justificaban las medidas de coerción.
La defensa, en cambio, cuestiona precisamente ese punto y sostiene que la conducta de los imputados durante el tiempo que duró la investigación no demuestra intención de fugarse ni de interferir en la producción de prueba.
La audiencia será ahora la instancia en la que el juez Ortiz deberá escuchar los argumentos de las partes y resolver si corresponde mantener la prisión preventiva o disponer la libertad de los tres imputados, de acuerdo con las condiciones procesales que establezca la Justicia.
El planteo de las defensas no implica una definición sobre la responsabilidad penal de Lucero, Lucero y Scarel, sino que se concentra en la necesidad y los fundamentos de mantener la medida cautelar mientras continúa el proceso.
