9 septiembre, 2026

Causa Molino Fénix: Diego Torres apeló la formulación de cargos y la Fiscalía pidió rechazar el planteo

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La Defensa de Diego Torres apeló la formulación de cargos dictada en la causa que investiga presuntos delitos en la Casa de la Música del Molino Fénix. Sostuvo que Torres era un empleado contratado, sin capacidad de administración ni poder de decisión. Fiscalía y Fiscalía de Estado rechazaron los argumentos y pidieron confirmar la resolución.

La causa en la que se investigan presuntos hechos delictivos vinculados con la Casa de la Música del Molino Fénix de Villa Mercedes tuvo una nueva instancia judicial. En una audiencia realizada en la Sala N° 3 del Colegio de Jueces de la Segunda Circunscripción Judicial, la Defensa de Diego Torres apeló la resolución mediante la cual se formularon cargos en su contra.

La presentación estuvo a cargo de la defensora oficial en lo Penal, Ximena Bertoli, quien sostuvo que la decisión adoptada por el juez de Garantía genera un gravamen irreparable para su asistido. Según planteó, durante la audiencia de formulación de cargos la Fiscalía no habría precisado de manera suficiente cuál fue la conducta concreta que Torres habría desplegado en relación con los delitos que se le atribuyen.

La Defensa cuestionó además que el Ministerio Público Fiscal no habría individualizado con claridad la evidencia utilizada para sustentar la imputación ni diferenciado de manera suficiente las conductas atribuidas a cada uno de los imputados.

Uno de los principales argumentos estuvo relacionado con el rol que Torres cumplía en el Molino Fénix. La defensora explicó que su asistido era un empleado público contratado y que, según su planteo, nunca tuvo capacidad de administración ni facultades para disponer de fondos.

En ese sentido, señaló que Torres desarrolló diferentes tareas dentro de una estructura jerárquica y bajo instrucciones de sus superiores. También remarcó que no contaba con una formación profesional específica vinculada con la administración y que nunca ocupó el cargo de funcionario público.

Para respaldar esta postura, la Defensa hizo referencia a los testimonios de tres personas que trabajaban junto a Torres y que, según explicó, describieron quién impartía las instrucciones y cuáles eran las tareas que efectivamente realizaba.

Los delitos cuestionados

Al referirse a la acusación por asociación ilícita, la Defensa sostuvo que no existirían elementos suficientes para establecer cuándo se habría conformado esa organización ni en qué momento Torres habría expresado de manera libre y voluntaria su intención de formar parte de ella.

También cuestionó la atribución de administración fraudulenta. En este punto, argumentó que el hecho de desempeñarse dentro de una oficina administrativa no implica, por sí mismo, que una persona tenga a su cargo la administración de fondos o bienes.

Respecto de la acusación vinculada con la destrucción u ocultamiento de evidencia, la defensora sostuvo que no existen elementos que permitan atribuirle a Torres participación en esas acciones.

Además, planteó la aplicación de lo previsto en el artículo 34, inciso 4°, del Código Penal, relacionado con quien obra en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo. La Defensa sostuvo que las tareas desarrolladas por Torres se realizaban siguiendo instrucciones de sus superiores y volvió a respaldar ese argumento en los testimonios de sus antiguos compañeros de trabajo.

La respuesta de Fiscalía

El Ministerio Público Fiscal rechazó los argumentos de la Defensa y sostuvo que varios de los planteos formulados durante la apelación no habían sido desarrollados de la misma manera en la audiencia original de formulación de cargos.

El fiscal José Olguín afirmó que en aquella instancia se había explicado de manera clara cuál habría sido la función desempeñada por Torres en los hechos investigados.

Desde la teoría de la Fiscalía, Torres habría participado en distintas operaciones y en el manejo de la caja chica del Molino Fénix. También hizo referencia a la entrega de vales y sostuvo que, de acuerdo con la evidencia reunida, no corresponde aplicar el concepto de obediencia debida planteado por la Defensa.

Por esos motivos, el Ministerio Público Fiscal solicitó que el recurso de apelación sea rechazado y que se mantenga la resolución cuestionada.

Fiscalía de Estado también pidió rechazar la apelación

En la misma línea se manifestó la Fiscalía de Estado, representada en la audiencia por Flavio Ávila. Consideró que la audiencia de formulación de cargos había sido suficiente y que los elementos de convicción expuestos por el Ministerio Público Fiscal permitían sustentar la imputación.

Ávila hizo referencia además a evidencia digital que, según sostuvo, vincularía a Torres con otro de los imputados y permitiría ubicarlo dentro de un determinado rol en la presunta asociación ilícita investigada.

Según el planteo de Fiscalía de Estado, de esas mismas evidencias surgirían elementos que vincularían a Torres con la presunta sustracción de elementos probatorios.

La representación estatal también rechazó el argumento de que Torres hubiera actuado bajo algún tipo de coacción y sostuvo que la investigación permitió establecer, de acuerdo con su interpretación de la evidencia, una distribución de roles dentro de la organización que se encuentra bajo investigación.

Por todo ello, solicitó que la apelación presentada por la Defensa sea rechazada.

El Tribunal debe resolver

Luego de escuchar los argumentos de todas las partes, el Tribunal informó que comunicará su resolución dentro del plazo establecido por la ley.

La audiencia se desarrolló ante los jueces Hernán Herrera, María Monserrath Bocca y Marcelo Bustamante Marone, integrantes del Colegio de Jueces de la Segunda Circunscripción Judicial.

Además de Olguín por el Ministerio Público Fiscal, participaron Flavio Ávila por la querella y en representación de la Fiscalía de Estado, y Ximena Bertoli, defensora oficial en lo Penal adjunta, en representación de Diego Torres.

De esta manera, la situación procesal de Torres queda ahora a la espera de la decisión del Tribunal sobre la apelación. Los planteos expuestos durante la audiencia forman parte de las posiciones de cada una de las partes y deberán ser evaluados por los jueces al momento de resolver.

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