Ya rige la baja de imputabilidad: desde qué edad pueden ser juzgados los menores y cuáles son las nuevas penas
El nuevo Régimen Penal Juvenil entró en vigencia este sábado y establece que los adolescentes podrán ser imputados penalmente desde los 14 años. La Ley 27.801 reemplaza la normativa que regía desde la década del 80, incorpora nuevas alternativas de sanción y establece penas privativas de libertad de hasta 15 años.

El nuevo Régimen Penal Juvenil entró en vigencia este sábado y puso en marcha uno de los cambios más importantes de las últimas décadas en la legislación penal argentina: desde ahora, los adolescentes podrán ser imputados penalmente por delitos cometidos a partir de los 14 años.
La modificación fue establecida mediante la Ley 27.801, aprobada por el Congreso en febrero de este año, y reemplaza el régimen contemplado en la Ley 22.278, que regía desde la década de 1980.
Hasta ahora, la edad de imputabilidad penal comenzaba a los 16 años. Con la nueva normativa, ese límite se redujo en dos años.
El régimen establece además nuevas modalidades de sanción, mecanismos alternativos a la prisión y penas que pueden llegar hasta los 15 años de privación de la libertad, según la gravedad del delito.
Qué busca el nuevo régimen
El texto de la ley establece como uno de sus objetivos principales fomentar en los adolescentes imputados la responsabilidad por sus actos.
La normativa señala que el régimen busca:
“Fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social”.
Además de establecer nuevas reglas para la investigación y juzgamiento de delitos cometidos por menores de edad, la ley incorpora herramientas vinculadas con la educación, la capacitación laboral y la reinserción social.
Desde qué edad pueden ser imputados
Uno de los cambios centrales es la reducción de la edad de imputabilidad.
A partir de la entrada en vigencia de la Ley 27.801, los adolescentes podrán ser sometidos a un proceso penal desde los 14 años.
La normativa anterior fijaba ese límite en los 16 años.
Las penas previstas por el nuevo régimen pueden alcanzar hasta los 15 años, dependiendo del delito y de las circunstancias analizadas por la Justicia.
Las penas que establece la nueva ley
El Régimen Penal Juvenil contempla diferentes tipos de sanciones, no exclusivamente la privación de la libertad.
Entre las medidas previstas se encuentran:
- Amonestaciones.
- Prohibición de contacto o acercamiento a la víctima, su familia u otras personas.
- Prohibición de conducir vehículos.
- Prohibición de asistir a determinados establecimientos o espectáculos deportivos, musicales o culturales.
- Prohibición de salir del país o del lugar de residencia.
- Prestación de servicios a la comunidad.
- Monitoreo electrónico mediante dispositivos de rastreo.
- Reparación integral del daño ocasionado a la víctima.
- Privación de la libertad en el domicilio.
- Privación de la libertad en institutos abiertos.
- Privación de la libertad en establecimientos especializados para adolescentes.
La aplicación de una u otra medida dependerá de las características del caso y de las decisiones judiciales.
Cuándo se puede evitar la prisión
La nueva legislación también establece situaciones en las que la Justicia puede disponer medidas alternativas a la privación de la libertad.
Una de ellas corresponde a los casos en los que la pena prevista no supere los tres años.
También existen alternativas para condenas de entre tres y diez años, aunque en esos casos deben cumplirse determinadas condiciones.
La posibilidad no alcanza a determinados delitos graves, especialmente aquellos que impliquen la muerte de una persona o graves hechos de violencia física o psíquica.
También se tendrán en cuenta los antecedentes del adolescente y la existencia de otros procesos judiciales en curso.
Qué pasa con los adolescentes detenidos
La ley establece que los menores de edad no podrán compartir lugares de alojamiento con personas mayores.
Los adolescentes que sean privados de su libertad deberán permanecer en dependencias especialmente acondicionadas para menores.
El régimen contempla además el acceso a distintos programas durante el cumplimiento de las medidas judiciales.
Entre ellos se encuentran:
- Programas educativos para completar los estudios obligatorios.
- Formación ciudadana.
- Capacitación laboral.
- Actividades deportivas.
- Herramientas destinadas a favorecer la integración social.
Posibilidad de cambiar la pena durante la condena
La normativa prevé también la posibilidad de modificar la modalidad de cumplimiento de una condena.
Cuando un adolescente haya cumplido dos tercios de una pena de detención y reúna las condiciones previstas por el Código Penal para acceder a la libertad condicional, podrá continuar el cumplimiento de la sentencia bajo alguna de las otras modalidades previstas por la ley.
Sin embargo, el sistema también contempla consecuencias frente al incumplimiento.
Si el condenado incumple de manera injustificada una pena alternativa, el juez deberá reemplazarla por una sanción más severa.
La identidad de los adolescentes seguirá protegida
A pesar de los cambios introducidos por la nueva ley, continúa vigente la protección sobre la identidad de los menores involucrados en causas penales.
Está prohibida la difusión de:
- Nombres.
- Sobrenombres.
- Datos de filiación.
- Información sobre parentescos.
- Domicilios o lugares de residencia.
- Fotografías.
- Cualquier otro dato que permita identificar al adolescente imputado.
Con la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil, Argentina deja atrás una normativa que había permanecido prácticamente sin modificaciones desde la década del 80 y comienza a aplicar un nuevo sistema para los delitos cometidos por adolescentes, con la reducción de la edad de imputabilidad a 14 años como su cambio más significativo.
