13 mayo, 2024

El DNU de Milei fue declarado inconstitucional en materia laboral por la Cámara Nacional del Trabajo

La Cámara Nacional del Trabajo declaró hoy que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emitido por el presidente Javier Milei es inconstitucional en lo que respecta al capítulo de reformas laborales.

Por Gabriel Rodriguez

La Cámara Nacional del Trabajo declaró hoy que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emitido por el presidente Javier Milei es inconstitucional en lo que respecta al capítulo de reformas laborales. Esta decisión se produce después de que la misma Cámara frenara las reformas mediante una medida cautelar, y ahora el tema será remitido a la Corte Suprema de Justicia para su resolución final.

Los jueces de la Cámara Nacional del Trabajo determinaron que el DNU es inconstitucional al analizar la cuestión de fondo presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT). Argumentaron que no existía ningún impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, ya que el propio Gobierno había convocado a sesiones extraordinarias antes de la entrada en vigencia del DNU. Además, señalaron que las razones de «necesidad» y «urgencia» alegadas por el Gobierno para eludir la intervención del Poder Legislativo no estaban objetivamente justificadas, especialmente en lo relacionado con las reformas laborales.

Los jueces indicaron que la inconstitucionalidad del DNU se basa en su defecto de origen y que no era necesario un examen específico del contenido sustantivo de su articulado.

Ahora, el Gobierno tiene la opción de apelar el fallo ante la Corte Suprema de Justicia, que ya tiene intervención por la medida cautelar otorgada por otros jueces laborales y por el amparo presentado por la provincia de La Rioja contra la totalidad del DNU de Milei. La Corte Suprema no tiene plazos establecidos para resolver y ha manifestado su disposición a asumir la competencia en este caso.

Esta decisión judicial es un nuevo capítulo en la controversia generada por el DNU de Milei, que buscaba implementar reformas laborales sin la intervención del Congreso. La resolución final estará en manos de la Corte Suprema de Justicia.