Cristina Kirchner seguirá con prisión domiciliaria: la Justicia confirmó que cumplió las condiciones
El Tribunal Oral Federal N° 2 confirmó que Cristina Kirchner continuará cumpliendo en su domicilio la condena de seis años de prisión impuesta en la causa Vialidad. El juez Rodrigo Giménez Uriburu consideró que durante el último trimestre respetó las condiciones establecidas y que no hubo inconvenientes con el monitoreo electrónico. La expresidenta solo realizó una salida autorizada por motivos médicos.

El Tribunal Oral Federal N° 2 confirmó que Cristina Fernández de Kirchner continuará cumpliendo en prisión domiciliaria la condena de seis años impuesta en la causa Vialidad, en el departamento de San José 1111, en el barrio porteño de Constitución.
La resolución fue firmada por el juez federal Rodrigo Giménez Uriburu, quien tuvo en cuenta los informes correspondientes al período comprendido entre el 16 de junio y el 15 de septiembre de 2026. Según la evaluación judicial, la expresidenta cumplió las reglas de conducta establecidas cuando se le concedió la prisión domiciliaria.
El magistrado sostuvo que Kirchner “ha mantenido, durante el trimestre examinado, una conducta de sujeción al control judicial y de observancia de las condiciones establecidas”. Los informes incorporados al expediente señalaron que no se registraron salidas sin autorización ni inconvenientes relevantes con el dispositivo electrónico de control.
La supervisión estuvo a cargo de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP) y de la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica (DAPVE). En el período analizado se realizaron entrevistas domiciliarias sin previo aviso y, de acuerdo con los reportes, Kirchner respondió a los requerimientos con buena predisposición y mantuvo un trato cordial con los profesionales.
El sistema de monitoreo tampoco registró alertas vinculadas con incumplimientos. La única salida de la vivienda durante el período evaluado fue autorizada judicialmente y estuvo relacionada con una atención odontológica. El traslado de ida y vuelta se realizó sin inconvenientes.
En cuanto al régimen de visitas, los controles determinaron que las personas que ingresaron al departamento contaban con las autorizaciones correspondientes. El informe consignó una demora de diez minutos en la salida de una visitante, situación que fue informada al tribunal y explicada oportunamente, pero que no modificó la evaluación general sobre el cumplimiento de las condiciones.
La Justicia también analizó lo ocurrido en las inmediaciones del edificio de San José 1111. Pese a las movilizaciones registradas frente al domicilio durante distintos momentos del cumplimiento de la prisión domiciliaria, los informes no consignaron denuncias vecinales ni situaciones que permitieran considerar que Kirchner había incumplido la obligación de preservar la tranquilidad del lugar.
La decisión se produce mientras continúa el proceso de ejecución patrimonial de la condena por Vialidad. En ese marco, quedaron firmes distintos embargos preventivos sobre bienes vinculados con los Kirchner, incluido el departamento de San José 1111 donde la expresidenta cumple la prisión domiciliaria. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó recientemente un planteo contra esos embargos.
El monto actualizado del decomiso derivado de la condena asciende a aproximadamente $684.990 millones, según la cifra fijada judicialmente. La Corte Suprema dejó firme en julio la actualización del monto y los planteos vinculados con la ejecución patrimonial.
En paralelo, la Justicia continúa analizando cuestiones relacionadas con otros inmuebles vinculados a las sociedades Los Sauces y Hotesur. Entre ellas se encuentra la adquisición del departamento ubicado debajo del de Kirchner en el mismo edificio de San José 1111 por parte de María Soledad Calle. El tribunal solicitó documentación sobre esa operación, incluida la escritura y los datos relacionados con el precio y la forma de pago.
De esta manera, la expresidenta continuará cumpliendo la condena bajo prisión domiciliaria, con el monitoreo electrónico y las demás condiciones fijadas por la Justicia. La revisión trimestral realizada por el TOF 2 concluyó que durante el período analizado no hubo incumplimientos que justificaran modificar el régimen.
