26 abril, 2024

Proponen elevar el piso de Ganancias a 180 mil pesos

El legislador Marcelo Casaretto (Frente de Todos) presentó la iniciativa que busca modificar el mínimo actual para tributar, que es de 150 mil pesos. Además, la AFIP dispuso ayer el cambio de alícuota en algunos casos.

Por Alejo Pombo

Se presentó en el Congreso un proyecto que propone aumentar de 150 mil a 180 mil el piso salarial desde el que se comienza a aplicar la deducción para tributar el Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia y evitar así que los aumentos de haberes los obliguen a asumir ese gravamen.

El diputado nacional del Frente de Todos Marcelo Casaretto, presidente de la comisión de Previsión Social, fundamentó su iniciativa al señalar que «el objetivo de la política económica fue liberar de la carga de Impuesto a las Ganancias a 1,3 millones de trabajadores» y recordó la sanción de la ley aprobada en abril pasado, que elevó a 150 mil pesos el mínimo deducible.

En ese sentido, el diputado nacional del FDT por Entre Ríos sostuvo que «los aumentos de salarios, necesarios para sostener el poder adquisitivo de los trabajadores deben ser acompañados por el aumento de esta deducción especial de Cuarta Categoría, así como también el resto de las deducciones».

«La ley tiene prevista una actualización automática anual, pero dado que los aumentos de precios y salarios están por encima de lo previsto originalmente, la actualización debe hacerse en este momento», aseveró Casaretto en los fundamentos del proyecto.

De esta manera, el legislador recordó que la ley aprobada por el Congreso en abril pasado permite considerar las nuevas pautas salariales y faculta al gobierno a actualizar el piso de $150.000 a través de un decreto, con el objetivo de acompañar el alivio fiscal de los trabajadores con los incrementos salariales que acordaron en paritarias.

Por otra parte, la AFIP instrumentó ayer modificaciones vinculadas con las alícuotas para los dividendos y utilidades del Impuesto a las Ganancias de Sociedades, que comienzan a regir desde este año.

A través de la Resolución General 5060/2021, publicada en el Boletín Oficial, el ente recaudador determinó el procedimiento para el ingreso de la retención del Impuesto a las Ganancias derivada del pago o puesta a disposición de dividendos y utilidades, e instrumentó el cambio de la alícuota prevista en la normativa anterior, del 13% al 7%.

La AFIP explicó que las modificaciones son aplicables sobre los dividendos y utilidades de personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país y beneficiarios del exterior, siempre que se hayan generado en períodos fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2018.

La Ley N 27.630 modificó el Impuesto a las Ganancias para Sociedades y, entre otras disposiciones, sustituyó la alícuota del 13% aplicable por personas humanas y sucesiones indivisas respecto de los dividendos y utilidades correspondientes a los años fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2021, por la del 7%.

Asimismo, la normativa estableció que los dividendos y distribución de utilidades reguladas están alcanzados a la alícuota del 7% durante los tres períodos fiscales contados a partir del iniciado el 1 de enero de 2018 inclusive, cualquiera sea el período en que tales dividendos o utilidades sean puestos a disposición.

La reforma aumentó la alícuota de Ganancias para quien tenga una utilidad neta superior a los $50 millones.

Una vez superado ese monto, se empieza a pagar la alícuota más alta de Ganancias: un 35%, al que se suma un 7% más si distribuye dividendos.