El Gobierno promulgó la Ley Bases y el paquete fiscal en la previa al Pacto de Mayo
Por Alejo Pombo
A través de los Decretos 592 y 593, publicados en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional promulgó la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos y el paquete de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
Luego de la aprobación en la Cámara de Diputados y tras los cambios en el Senado, el Presidente, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo firmaron los decretos para que las legislaciones entren en vigencia.
En cuanto a la implementación de las leyes, el Gobierno priorizará la reglamentación de los capítulos fiscales, incluyendo la restitución del Impuesto a las Ganancias y la declaración de emergencia para otorgar facultades delegadas extraordinarias al jefe de Estado.
El grueso de los ejes de ambos paquetes estará vigente dentro de dos meses. Las leyes consisten en un conjunto de normas que introducen cambios en áreas como el pago de impuestos, relaciones laborales, empleo, obras públicas y el poder de decisión del presidente.
Declaración de emergencia
El artículo 1° de la Ley Bases declara la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año, delegando en el Poder Ejecutivo nacional las facultades dispuestas por la ley, con arreglo a las bases establecidas y por el plazo dispuesto. El Poder Ejecutivo informará mensualmente al Congreso sobre el ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenidos.
Cambios en la relación con el Estado
La Ley Bases propone un nuevo esquema en la interacción entre los ciudadanos y la administración pública, buscando garantizar ciertos derechos a las personas. Bajo el título “eficiencia burocrática”, la administración pública no podrá solicitar documentos o informes ya presentados anteriormente. Además, se activará el “silencio administrativo” si no hay respuesta en el tiempo estipulado, exceptuando áreas como salud pública, medio ambiente y servicios públicos.
Impacto en la situación de los empleados públicos
Los empleados de organismos del Estado sujetos a reestructuración podrán ser puestos en disponibilidad por un máximo de un año, recibiendo capacitación o asignación a tareas en servicios tercerizados. Si no son reasignados, serán desvinculados con una indemnización. No serán afectados los empleados con mandato sindical vigente o de licencia por enfermedad, accidente, embarazo o matrimonio.
Relaciones laborales entre privados
Se introduce un período de prueba de seis meses para nuevos empleados, ampliable según el tamaño de la empresa. Participar en bloqueos o tomas de la empresa será considerado injuria laboral grave y justificación para el despido. Se plantea un fondo de cese laboral como alternativa a las indemnizaciones, financiado con un aporte mensual del empleador. Se establecerán indemnizaciones agravadas en casos de despido por discriminación.
Obras Públicas
Las obras públicas financiadas por el Estado que superen los $10.000 millones serán canceladas, excepto aquellas con avance de ejecución del 80% o más, o que posean financiamiento internacional.
Modificaciones en Ganancias y Bienes Personales
El paquete fiscal restablece el impuesto a las Ganancias con un mínimo no imponible de $1.800.000 brutos para solteros y de $2.200.000 para casados con hijos. Las alícuotas van del 5% al 35%. La actualización del mínimo no imponible será trimestral durante este año y semestral a partir del próximo. El impuesto a los Bienes Personales tendrá un mínimo no imponible elevado, eximiendo a quienes posean bienes por debajo de los $100 millones. Las alícuotas serán entre 0,5% y 1,5%.
Monotributo
Las escalas y montos de facturación para monotributistas se incrementarán hasta un 400% desde julio, con una actualización semestral. La categoría más baja (A) podrá facturar hasta $6.450.000 anuales, y la categoría más alta (K) hasta $68 millones. Los importes a pagar mensualmente también aumentarán.
Nuevo régimen para grandes inversiones
Las empresas en sectores como forestoindustria, infraestructura, minería, energía, tecnología, turismo, siderurgia, petróleo y gas pueden inscribirse en el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) con una inversión mínima de 200 millones de dólares. El régimen permite a los inversores recaudar un porcentaje de las exportaciones a partir del segundo año. Las ganancias netas estarán sujetas a un impuesto del 7%, reducido al 3.5% después de siete años. Se prevén incentivos para pequeños productores y la obligación de emplear personal local y destinar al menos el 20% de la inversión a proveedores locales.
Blanqueo de capitales
El nuevo régimen de regularización de bienes y activos no declarados estará vigente hasta el 30 de abril de 2025, con una posible prórroga. Los capitales inferiores a US$100.000 podrán regularizarse sin impuestos si ingresan al sistema financiero argentino. Para montos superiores, se aplicarán diversas tasas impositivas según el período de blanqueo. La participación en este régimen aumentará la alícuota del impuesto a los Bienes Personales al 0,6%. Excluye a funcionarios públicos de los últimos diez años y a sus familiares directos.