22 mayo, 2026

Imputaron al exjuez Ruta y a un abogado por una causa contra Macro

0

La Justicia imputó al exjuez Agustín Ruta, al exsecretario Marcos Figueroa y al abogado Juan Cruz Domínguez por presuntas irregularidades en una causa civil contra el banco Macro. La investigación apunta a un acta presuntamente falsa utilizada para habilitar movimientos millonarios de dinero.

La Justicia de San Luis formuló cargos este jueves contra el exjuez civil Agustín Ruta, el exsecretario judicial Marcos Figueroa y el abogado Juan Cruz Domínguez por presuntas irregularidades en una ejecución de sentencia vinculada a una causa civil contra el banco Macro. La audiencia se realizó en el Juzgado de Garantía Nº 4 y estuvo encabezada por la jueza Luciana Banó.

La investigación está a cargo del fiscal de Instrucción en lo Penal Nº 3, Esteban Roche, mientras que como querellante participó el abogado Marcos Juárez, en representación de la familia del fallecido abogado Néstor Nóbile.

Según la hipótesis de la Fiscalía, el caso se originó en un litigio iniciado en 2010 entre la empresa Codapri S.A., representada por Juan Cruz Domínguez, y el banco Macro, patrocinado por los abogados Néstor Nóbile y Claudia Rocha.

Tras varios años de trámite judicial, Codapri obtuvo una sentencia favorable y comenzó un incidente de ejecución destinado al cobro de los montos reconocidos por la Justicia. En ese contexto, la acusación sostiene que el 10 de diciembre de 2020 se confeccionó un acta extraprocesal presuntamente falsa para respaldar determinadas decisiones judiciales vinculadas a embargos, plazos fijos y liberación de fondos.

De acuerdo con la Fiscalía, el documento daba cuenta de una supuesta reunión realizada en el Juzgado Civil Nº 4 entre representantes de ambas partes, en la que los abogados Juan Cruz Domínguez y Néstor Nóbile habrían acordado no apelar ciertas resoluciones relacionadas con movimientos millonarios de dinero.

Sin embargo, la acusación sostiene que esa reunión nunca existió y que el acta fue elaborada de manera irregular. Uno de los puntos centrales de la investigación es que el documento únicamente aparece firmado por el entonces secretario judicial Marcos Figueroa y no por los supuestos participantes del encuentro.

Además, los fiscales remarcaron que el acta fue incorporada formalmente al expediente recién el 1° de septiembre de 2021, nueve meses después de la supuesta reunión y luego del fallecimiento de Néstor Nóbile, quien figuraba mencionado en el texto como uno de los abogados que habría dado conformidad al acuerdo.

Para la acusación, ese dato resulta especialmente relevante porque el fallecimiento del abogado impidió que pudiera confirmar o desmentir el contenido del documento.

Entre los elementos reunidos durante la investigación, la Fiscalía mencionó informes de trazabilidad elaborados durante las restricciones sanitarias por Covid-19 que no registrarían el ingreso de algunos de los presuntos asistentes al edificio judicial. También se incorporaron análisis técnicos sobre el archivo digital del acta, testimonios de empleados judiciales y declaraciones de familiares de Nóbile, quienes afirmaron que el abogado pasó la mañana del 10 de diciembre de 2020 junto a su familia celebrando su cumpleaños.

Según la teoría del caso, el acta fue utilizada posteriormente para justificar resoluciones dentro del expediente civil que habilitaron la liberación y transferencia de fondos a favor de Codapri S.A.

En ese marco, la Fiscalía imputó a Agustín Ruta y Marcos Figueroa como coautores de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica. A Juan Cruz Domínguez se le atribuyó el delito de falsedad ideológica, bajo una calificación provisoria.

Domínguez ya había sido imputado previamente en la causa conocida como la “Mafia de las Escrituras”, donde fue señalado por los investigadores como presunto líder de una organización criminal.

Durante la audiencia, las defensas rechazaron la hipótesis fiscal. El abogado Hugo Scarzo, defensor de Domínguez, sostuvo que los hechos descriptos no constituyen delito y afirmó que el acta no produjo efectos perjudiciales dentro del expediente civil ni fue determinante para las decisiones sobre los fondos.

Por su parte, la defensa de Ruta argumentó que las actuaciones cuestionadas formaron parte de su función jurisdiccional y remarcó diferencias entre las resoluciones firmadas por el magistrado y las constancias confeccionadas por Secretaría.

En el caso de Marcos Figueroa, la defensa oficial no objetó la formulación de cargos, aunque aclaró que ello no implicaba admitir los hechos ni la participación atribuida.

Finalmente, la jueza Luciana Banó tuvo por formulados los cargos y ordenó medidas de coerción para los tres imputados. Durante 120 días deberán presentarse una vez por mes a firmar el libro de procesados mientras continúa la investigación penal preparatoria.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *