El Senado de San Luis sancionó una ley que obliga a las personas que realizan tatuajes o piercings a tener una matrícula que lo habilite a tal fin, estar inscriptos en un registro, presentar un certificado de antecedentes penales, adecuar sus locales a normas de higiene, realizar cursos de capacitación y hacerle firmar un consentimiento a la persona que recibe la práctica.
Además, si el cliente es menor de edad, se lo deberá notificar de que los tatuajes en zonas de la cara, cuello, antebrazo y manos puede comprometer su futuro laboral, y el consentimiento deberá ser suscripto por un mayor.
La nueva norma, que espera su promulgación del Ejecutivo, regula la actividad de las personas que realizan tatuajes, micropigmentación, perforaciones en la piel y colocación de expansores ia, y crea un registro de tatuadores donde deben figurar además de los nombres, la disposición de los locales en cuanto a normas de salud y bioseguridad.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de la Provincia, y las personas que se dediquen a estas actividades deberán contar con matrícula habilitante y adecuarse a la totalidad de las normas sanitarias que se establecen en la ley.
Para obtener la matrícula los tatuadores deberán estar inscriptos en el registro provincial de la actividad, presentar certificados de antecedentes penales expedido por el registro nacional de reincidencia, y adecuar sus locales a normas de higiene, seguridad, técnicas de asepsia y antiasepsia, además de realizar cursos de capacitación.