La Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires le recordó este viernes a los inquilinos que las inmobiliarias y los propietarios de inmuebles deben proveerles un CBU para pagar sus alquileres sin cobrar un monto adicional por bancarizar la operación.
«Inquilino: si alquilas por inmobiliaria o particular tienen la obligación de darte un CBU para pago electrónico sin costo adicional», indicó la Defensoría en su cuenta de Twitter.
Defensoría emitió las aclaraciones este viernes tras recibir numerosas quejas de ciudadanos que al momento de tener que pagar sus alquileres de abril, en pleno aislamiento social preventivo y obligatorio, no obtuvieron el CBU requerido o lo recibieron pero con la advertencia de un costo adicional.
La mayoría de las denuncias incluyen que en el caso de que las inmobiliarias informen el CBU o alias para hacer la transferencia se le agregaba un recargo de entre el %1 y el 2,5% por pagar a través del banco el alquiler de los inmuebles, así se trate de viviendas.
Una de las particularidades del aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno es que no se puede salir a la calle sino por razones de fuerza mayor, para asistir a personas vulnerables o para realizar trabajos considerados esenciales. El pago de los alquileres en efectivo en una inmobiliaria, desde ya, no está contemplado en ninguna categoría.
Por eso la bancarización de los alquileres se produjo de manera orgánica.
Además el Gobierno nacional dispuso el congelamiento de los valores hasta el 30 de septiembre, la suspensión de los desalojos, la prórroga de los contratos y el pago a través de medios electrónicos ante la situación provocada por el aislamiento social para luchar contra el avance del coronavirus Covid-19.