El Gobierno anunció la elevación del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, que beneficiará a 180 mil ciudadanos.
Del salario bruto ($ 390.000 al año o $ 30.000 mensuales, por poner un ejemplo) se descuentan los aportes con destino a la jubilación, la obra social y el PAMI (por lo general suman 17%, aunque algo menos en los ingresos más elevados dado que existen topes).
Del sueldo neto ($323.700 en el caso propuesto) se restan los montos que la ley define como «ganancia no imponible» y «deducción especial». Estos son conceptos que deberían actualizarse, de tal manera de no provocar subas de la carga fiscal sin un aumento real del ingreso de la persona. Hoy las cifras por estos ítems varían según la remuneración que se haya tenido entre enero y agosto de 2013. Para quienes entonces ganaban entre $ 18.000 y $ 21.000, por caso, la suma de ambos conceptos es hoy de $ 129.890,28.
Al resultado ($ 193.809,72, siempre anuales) se le quitan eventualmente las deducciones declaradas por la persona; por ejemplo, por cónyuge e hijos, o por sueldos y aportes de servicio doméstico. En este último caso, se permitiría deducir en el ejemplo propuesto un monto de $ 22.394,88.
La cifra resultante ($ 171.414,84) es el ingreso sujeto al impuesto; para calcular cuánto se paga, hay una tabla de tasas crecientes según rangos de ingresos. Esa tabla está muy desvirtuada, y la persona del ejemplo irá directo al escalón más elevado, pese a que su ingreso no es de los más altos entre los hoy gravados. Pagará un monto fijo de $ 28.500, más el 35% de la parte del ingreso gravado que exceda de $ 120.000 ($ 51.414,84 en el caso). ¿Resultado? Un impuesto de $ 46.495,19, que representa casi 12% del sueldo bruto. Al no haberse actualizado los valores que determinan qué alícuota corresponde en cada caso, gran parte de los contribuyentes se ubica en las categorías más elevadas. Por eso los tributaristas destacan tanto la necesidad de adecuar esa tabla.
La Nación