13 noviembre, 2024

El BCRA no prohibirá la compra de dólares a los beneficiarios del IFE

El Banco Central decidió hoy no aprobar una restricción a la compra de dólares por parte de beneficiarios del IFE y resolvió que sean las propias entidades del sistema financiero las que controlen transferencias inusuales de moneda extranjera en las cuentas de sus clientes.

El Banco Central decidió hoy no aprobar una restricción a la compra de dólares por parte de beneficiarios del Ingresos Familiar de Emergencia (IFE) y resolvió que sean las propias entidades del sistema financiero las que controlen transferencias inusuales de moneda extranjera en las cuentas de sus clientes.

La medida que finalmente el Directorio de la autoridad monetaria resolvió no dar curso apuntaba a desactivar un supuesto esquema de “coleros digitales ” por el que se intentaba sobrepasar el tope de adquisición de US$ 200 mensuales por persona en el Mercado Único y Libre de Cambios.

A la manera de los tradicionales “coleros” en las casas de cambio, este esquema se basaría en que las personas interesadas en comprar más dólares que el máximo permitido utilizasen cuentas de otros titulares, que podrían ser o no beneficiarios del IFE, para hacerse de montos superiores a los US$ 200 mencionados.

De todos modos, serían necesarias millones de cuentas para que ese esquema representase un monto significativo, por lo que el Directorio del BCRA desistió de la iniciativa, al término de una jornada en la que el dólar paralelo o “blue” subió 2,36% a $130 por unidad, ampliando la brecha con la cotización oficial al 73,33%

En su lugar, resolvió que sean los bancos los encargados de controlar las cuentas que reciben transferencias de dólares en forma inusual.

En esos casos, los bancos van a tener que llamar al titular y pedir explicación sobre la operación y si no la puede justificar, se rechazan las transferencias y regresan a las cuentas de origen.

De esa manera, se frenaría la utilización de coleros pero “sin afectar el derecho de ahorro de quienes lo hagan legítimamente”, indicaron en la sede de Reconquista 266.

Asimismo, se precisó que no se afectarán las operaciones normales que se cursan en dólares, como pago de propiedades, operaciones de comercio exterior, u otras operaciones habituales de particulares o empresas.