La Corte rechazó el planteo oficial y sostuvo las partidas para universidades
La Corte Suprema rechazó el recurso presentado por el Gobierno y dejó firme la cautelar que obliga a aplicar artículos centrales de la Ley de Financiamiento Universitario. La medida mantiene la actualización salarial para docentes y no docentes y la recomposición de becas estudiantiles mientras se resuelve la cuestión de fondo.

La Corte Suprema de Justicia dejó firme este jueves la medida cautelar que obliga al Gobierno nacional a aplicar artículos clave de la Ley de Financiamiento Universitario, al rechazar el recurso extraordinario presentado por el Poder Ejecutivo para suspender su implementación.
En una resolución firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el Máximo Tribunal consideró que la apelación presentada por el Estado nacional no estaba dirigida contra una sentencia definitiva, requisito indispensable para habilitar la instancia extraordinaria ante la Corte.
«Un pronunciamiento que acuerda, deniega o modifica una medida cautelar no reviste el carácter de sentencia definitiva», señalaron los magistrados al desestimar el planteo oficial. De esta manera, continuará vigente la orden judicial que obliga al Estado a actualizar los salarios del personal docente y no docente universitario, además de recomponer las becas estudiantiles y otros programas previstos en la normativa.
El conflicto judicial se originó luego de que el Congreso aprobara la Ley de Financiamiento Universitario, posteriormente vetada por el presidente Javier Milei. Sin embargo, ambas cámaras insistieron con la norma y lograron ratificarla. Más tarde, el Gobierno dictó el decreto 759/2025, que condicionó la aplicación de la ley a la definición de fuentes específicas de financiamiento, lo que derivó en una demanda impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).
Tanto la Justicia de primera instancia como la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal hicieron lugar a la medida cautelar solicitada por las universidades, ordenando la aplicación inmediata de los artículos 5 y 6 de la ley, vinculados a la actualización salarial y a los programas de asistencia estudiantil. Frente a esa decisión, el Ejecutivo recurrió a la Corte, que finalmente rechazó el planteo.
No obstante, el máximo tribunal aún no resolvió la cuestión de fondo, es decir, la validez constitucional del decreto presidencial que suspendió parcialmente la aplicación de la norma. Ese expediente continuará su trámite en las instancias judiciales correspondientes.
La decisión judicial se conoce semanas después del acuerdo alcanzado entre el Gobierno, el CIN y los gremios universitarios, que estableció una recomposición salarial del 24,33% para docentes y no docentes, distribuida en dos tramos: un incremento del 21,33% en junio y otro del 3% en octubre. El entendimiento también contempló una actualización de las partidas para gastos de funcionamiento, fondos adicionales para hospitales universitarios y un aumento en las Becas Manuel Belgrano.
Desde el sistema universitario celebraron el fallo y consideraron que representa un respaldo institucional a la vigencia de la ley sancionada por el Congreso, aunque remarcaron que el reclamo judicial continuará hasta obtener una resolución definitiva sobre el financiamiento del sector.
