Oficializan un nuevo esquema para designar jueces y fiscales
El Gobierno oficializó una reforma que modifica el sistema de selección de jueces de la Corte Suprema, fiscales y defensores generales. El decreto elimina una instancia previa de observaciones ciudadanas, reduce plazos administrativos y deja de recomendar criterios de género, especialidad y representación regional para las nominaciones.

El Gobierno nacional oficializó este martes una profunda reforma en el procedimiento de selección de jueces de la Corte Suprema de Justicia, del Procurador General y del Defensor General de la Nación. A través del Decreto 467/2026, publicado en el Boletín Oficial, la administración de Javier Milei introdujo cambios destinados a reducir plazos, eliminar instancias administrativas y agilizar la cobertura de vacantes en los máximos cargos del sistema judicial.
La norma fue firmada por el presidente Javier Milei y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, y modifica los decretos 222 y 588 de 2003, que regulaban el mecanismo de nominación de candidatos para esos cargos.
Uno de los cambios centrales es la eliminación de la etapa previa de observaciones ciudadanas que se desarrollaba en el ámbito del Ministerio de Justicia antes del envío de los pliegos al Senado. Según argumentó el Ejecutivo, ese procedimiento duplicaba instancias ya contempladas en la Cámara alta, donde continúan vigentes las audiencias públicas y los mecanismos de presentación de impugnaciones.
Hasta ahora, el Ministerio de Justicia debía publicar los antecedentes de los postulantes y habilitar un período para recibir observaciones de ciudadanos, organizaciones y entidades profesionales. Con la reforma, esa instancia desaparece y el análisis público quedará concentrado en el trámite parlamentario.
El decreto también modifica el sistema de difusión de las candidaturas. A partir de ahora, la publicación de antecedentes dejará de realizarse en diarios de circulación nacional y se concentrará en el Boletín Oficial y en los canales digitales oficiales del Ministerio de Justicia, una medida que el Gobierno justificó en la necesidad de modernizar y acelerar los procedimientos.
En materia de transparencia patrimonial, la norma fija un plazo máximo de cinco días para que los candidatos presenten sus declaraciones juradas. Estas deberán incluir bienes propios, del cónyuge o conviviente, de la sociedad conyugal y de los hijos menores, conforme a lo establecido por la Ley de Ética de la Función Pública.
Además, se estableció por primera vez un plazo de cinco días para que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) emita los informes sobre la situación impositiva y previsional de los postulantes. El texto también dispone que se preserve el secreto fiscal durante ese proceso.
Otro de los aspectos más relevantes de la reforma es la eliminación de la recomendación incorporada en el Decreto 222/2003 que sugería considerar criterios de diversidad de género, especialidad jurídica y representación regional al momento de proponer candidatos para la Corte Suprema.
La decisión se produce en un contexto de dificultades para cubrir vacantes en el máximo tribunal. Actualmente, la Corte Suprema funciona con tres integrantes —Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti— sobre los cinco cargos previstos, luego de las vacantes generadas por las salidas de Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda. En los últimos años, distintos intentos para completar la integración del tribunal enfrentaron obstáculos políticos y no lograron reunir los dos tercios de los votos requeridos en el Senado.
Desde el Gobierno sostienen que los cambios permitirán reducir demoras administrativas y evitar superposiciones en el proceso de designación. En contraste, sectores de la oposición y especialistas en temas institucionales cuestionan la eliminación de instancias previas de participación ciudadana y la supresión de las referencias vinculadas a diversidad y representación federal en las futuras nominaciones.
