31 marzo, 2026

La CGT ganó en la Justicia y paralizó el corazón de la reforma laboral libertaria

0

Un juez laboral suspendió 82 artículos de la reforma laboral de Milei tras el reclamo de la CGT, frenando sus puntos más polémicos: limitaciones a la huelga, derogación del teletrabajo, exclusión de repartidores y el fondo de despidos financiado con recursos de la ANSES. El Gobierno intentó bloquear la cautelar sin éxito.

Por Alejo Pombo

El juez laboral Raúl Horacio Ojeda, titular del Juzgado del Trabajo N°63, hizo lugar este lunes al reclamo de la CGT y suspendió la aplicación de 82 artículos de la reforma laboral aprobada por el Congreso a instancias del gobierno de Javier Milei. La medida cautelar rige hasta que se resuelva la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma.

Entre los artículos suspendidos se encuentran algunos de los más controvertidos de la reforma: la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) —financiado con recursos de la ANSES—, las limitaciones al derecho de huelga, la derogación de la Ley de Teletrabajo, el fin de la ultraactividad de los convenios colectivos y la exclusión de los trabajadores de plataformas del sistema de protección laboral, catalogándolos como «independientes». También quedaron suspendidos los artículos que eliminaban el principio de interpretación legal a favor del trabajador, limitaban la responsabilidad solidaria en la tercerización y permitían negociar convenios a la baja a nivel empresa.

El juez descartó los argumentos del Gobierno, que había intentado desconocer la representatividad de la CGT y denunciado una intromisión del Poder Judicial en el Legislativo. Ojeda fue categórico: «La intervención del Poder Judicial es necesaria justamente para garantizar la división de poderes del sistema republicano». Reconoció además la legitimación de la central obrera para actuar en representación colectiva de toda la clase trabajadora.

Para justificar la urgencia de la cautelar, el fallo advirtió sobre el «peligro en la demora» y señaló que ejecutar normas como el FAL o la deshomologación de convenios colectivos «podría generar daños irreparables si, llegado el momento de la sentencia final, la ley fuera declarada inconstitucional».

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *