20 abril, 2024

CELS denunció que la Corte «negó el derecho de protesta de un trabajador»

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) denunció hoy que la Corte Suprema de Justicia «desconoció el derecho que tienen todos los trabajadores a organizarse y reclamar» y advirtió que su posición genera «incertidumbre sobre el derecho a la huelga y a la protesta» en el marco de «un contexto de crisis económica y en el que empeoran las condiciones laborales».

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) denunció hoy que la Corte Suprema de Justicia «desconoció el derecho que tienen todos los trabajadores a organizarse y reclamar» y advirtió que su posición genera «incertidumbre sobre el derecho a la huelga y a la protesta» en el marco de «un contexto de crisis económica y en el que empeoran las condiciones laborales».

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El CELS se pronunció así sobre el fallo dictado el martes pasado por la Corte, que rechazó una demanda de Francisco Daniel Orellano, a raíz de haber sido despedido por la empresa Correo Oficial de la República Argentina por haber participado en una serie de protestas y medidas de fuerza que no contaban con el aval del sindicato.

La Corte resolvió que solo los gremios tienen el derecho de promover huelgas y determinó que los grupos informales de trabajadores no pueden propugnar medidas de fuerza.

En un comunicado, el CELS aseguró que «la decisión afecta negativamente a quienes hoy están en una posición de mayor debilidad para reclamar: los trabajadores no sindicalizados, los tercerizados y los informales, quienes componen una gran parte del mercado del trabajo, son los más afectados por el criterio restrictivo».

A criterio del CELS, con este fallo «las acciones espontáneas o coyunturales de los trabajadores, las realizadas por trabajadores tercerizados que no son tenidos en cuenta por los sindicatos y las llevadas adelante para conformar un sindicato nuevo pueden ser consideradas ilegales y habilitar despidos como represalia».

La entidad que preside Horacio Verbitsky advirtió que en septiembre pasado se presentó en esta causa como «amicus curiae» para sostener que «de acuerdo al derecho internacional de los derechos humanos, el derecho a huelga es un derecho de los trabajadores que se ejerce de manera colectiva pero que no es exclusivo de los sindicatos».

«Con esta sentencia, la Corte Suprema desconoció el derecho que tienen todos los trabajadores a organizarse y reclamar. El fallo genera incertidumbre sobre el derecho a la huelga y a la protesta de gran parte de los trabajadores del país a quienes, en un contexto de crisis económica y en el que empeoran las condiciones laborales, la Corte les angosta los márgenes de acción», señaló.