La justicia suspendió la decisión del COMFER sobre la fusión de Multicanal y Cablevisión

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El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal 2 determinó  que ” el COMFER no está facultado para actuar como lo hizo”.

Esta determinación fue tomada por la justicia en los autos caratulados “Multicanal S.A. y otro c/ CONADECO y otro sobre proceso de conocimiento”. La decisión judicial ordenó la suspensión de los efectos de la resolución del COMFER 577/09 y de la resolución de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) 106/09″.

El COMFER,  había decidido  denegar la aprobación de la fusión por absorción de Cablevisión, exigiendo  a la empresa un plan de desinversión y rechazar los desistimientos de licencias comunicados por la compañía.

La empresa Cablevisión denunció que las  medidas fueron efectuadas con “oportunismo, intencionalidad política y con el único objetivo de perjudicar a la compañía, en el marco de una serie de acciones de hostigamiento que viene sufriendo el Grupo Clarín”.

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia ordenó en su momento  una auditoría.

El Juzgado Nacional comprendió que  el COMFER  impuso “sin estar facultado para actuar como lo hizo, ratificando de este modo la posición esgrimida por la empresa. También consideró que la resolución de la CNDC contraviene lo oportunamente dispuesto por el mismo organismo que autorizó por unanimidad la adquisición de Multicanal por parte de Cablevisión, en el entendimiento que la autorización conferida a Grupo Clarín S.A. y otras” y que “constituye un título jurídico concreto que no puede ser menoscabo por el accionar de un Organismo que no se encuentra facultado para ello”.

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